La concurrencia de seguros es una situación que se da mucho en el sector asegurador y con más frecuencia de la esperada. ¿Qué es la concurrencia de seguros? ¿Qué pasa si tienes dos seguros de la misma tipología? Desde Perea Grup, te lo explicamos todo.
Concurrencia de seguros: definición
En general, esta situación se produce cuando un mismo asegurado o interés asegurable está protegido por varios seguros del mismo tipo o ramo.
Podemos encontrar un claro ejemplo de ello cuando se produce un siniestro en nuestra vivienda y los daños pueden ser reparados tanto a través de nuestro seguro de hogar como del seguro de la comunidad de propietarios.
¿Qué pasa si tengo dos seguros del mismo tipo?
Una práctica que podría suponer que el propietario, en caso de sufrir un siniestro, recibiera más de una indemnización, que, obviamente, superaría el valor real del bien u objeto asegurado; se entiende que se estaría enriqueciendo ilícitamente (habría lucro).
De esta manera, si se produce un percance y las compañías lo detectan, a la hora de indemnizar los daños, cada aseguradora lo hará de manera proporcional y en ningún caso superará el valor del bien objeto del seguro.
Ejemplo de concurrencia de seguros
Sin embargo, hay algunos ramos de seguros en los que es posible contratar más de un seguro al mismo tiempo.
- Seguro de vida: suena evidente, ¿verdad? Ya que, ¿cuál es el valor de la vida de una persona? Parece incalculable.
- Seguro de accidentes: en ambos casos de fallecimiento o invalidez como consecuencia de un accidente, no hay límite respecto al capital a percibir.
- Seguros de decesos: en caso de fallecimiento, solo presta los servicios pactados en el contrato, por lo que las compañías que no hayan cumplido con la obligación de prestar servicio funerario, estarán obligadas a abonar a sus herederos el importe que fue pagado por el asegurado ya fallecido.
- Seguros de daños en relación con la Responsabilidad Civil.
¿Cómo funciona el cálculo en la concurrencia de seguros?
Cuando hay concurrencia de pólizas de seguro, lo que hacen las aseguradoras es cubrir el siniestro de forma proporcional, como hemos comentado anteriormente; si hay dos pólizas para el mismo riesgo, cada póliza tendrá que cubrir un porcentaje de la indemnización.
En concreto, lo que dice la Ley de Seguros es que las aseguradoras contribuirán al pago de la indemnización de forma proporcional a la suma asegurada, sin exceder la cuantía del daño.
De hecho, según el artículo treinta y dos de la Ley del Contrato de Seguro, el asegurado está obligado a comunicar a las aseguradoras que existe concurrencia de pólizas de seguro o que tiene varias pólizas para cubrir un mismo riesgo, ya que en el caso de que se determine que existe fraude por parte del asegurado, las aseguradoras no están obligadas a pagar la indemnización correspondiente.
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