seguro de Moto

¿QUÉ ASEGURAMOS?

El Seguro para Motos tiene por objetivo dar cumplimiento a una obligación legal de asegurar cualquier vehículo inscrito en tráfico. Además de asegurar el daño a terceros (la responsabilidad civil), el seguro de moto permite al titular de la póliza ampliar las coberturas contratadas.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

 Cualquier persona que sea propietaria de una moto o ciclomotor y cuyo vehículo esté dado de alta en tráfico.

¿QUÉ COBERTURAS GARANTIZA LA PÓLIZA de Moto?

LOS CAPITALES QUE GARANTIZA EL SEGURO de Moto

¿QUÉ COBERTURAS GARANTIZA LA PÓLIZA de Moto?

Esta póliza garantiza las siguientes coberturas básicas:
  • Retirada de carnet de conducir
  • Vehículo de sustitución
  • Accidentes corporales del conductor
  • Asistencia en viaje
  • Daños propios
  • Robo e incendio
  • Indemnización de daños
  • Rotura de cristales
  • Asesoramiento por multas
  • Responsabilidad civil
  • Fenómenos de la naturaleza
  • Colisión con animales cinegéticos
  • Protección jurídica y Reclamación de daños
  • Intereses del préstamo para reparación del vehículo

LOS CAPITALES QUE GARANTIZA EL SEGURO de Moto

Es importante saber que no existen dos pólizas iguales y los capitales y límites cubiertos por cada compañía de seguros varían en las coberturas que no son obligatorias, como por ejemplo en la asistencia en viaje, el vehículo de sustitución, accidentes corporales del conductor, etc. Por este motivo, es muy importante contar con un corredor de seguros que te asesore sobre las diferencias entre los seguros de moto que puedan haber y se adapte a tus necesidades.

No obstante, por ley todas las compañías aseguradores deben coincidir en los siguientes capitales obligatorios:

  • Responsabilidad civil obligatoria: Hasta 70 millones de euros para daños personales y 15 millones de euros para los daños materiales.

Otra cobertura en la que la mayoría de compañías aseguradoras se ponen de acuerdo en su capital es:

  • Responsabilidad civil voluntaria: Suele ser de 50 millones de euros y es una cobertura que complementa el importe de los daños que causamos a terceros cuando el valor máximo que exige la ley, es decir, la responsabilidad civil obligatoria que hemos comentado, es insuficiente para reparar y cubrir los daños causados.

CURIOSIDADES

En los seguros de moto debemos conocer el papel y sobre todo las diferencias entre el tomador del seguro, el propietario del vehículo y el conductor habitual que no siempre deben coincidir. El titular del seguro o también llamado tomador, es quien contrata el seguro y quien aporta el historial de buena conducción para el seguro.
También es interesante conocer la figura del conductor agravado, el cual en caso de que haya más de un vehículo en la unidad familiar y se hayan agrupado los seguros dentro de una misma compañía aseguradora, podría conducirlos todos sin que se tuviese que abonar ningún recargo adicional en cada póliza. Por este motivo es recomendable contar con el asesoramiento  de una correduría de seguros como Perea Grup para que puedas solventar todas tus dudas a la hora de contratar tu seguro de moto.
Otra curiosidad en los seguros de moto que queremos destacar y que también ocurre con el seguro de coche, son los carnet de conducir expedidos fuera de España. Algunas compañías aseguradoras exigen que estén convalidados en España tomando la fecha de obtención del permiso español como fecha de obtención del carnet de conducir. Esto puede suponer que la antigüedad de alguno de ellos pueda no ser válida.

Además es importante tener en cuenta que algunas compañías limitan la contratación de según qué coberturas en el caso de los ciclomotores.

DICCIONARIO ESPECÍFICO

  • SINCO: es el Fichero Histórico del Seguro del Automóvil y es donde se registra el histórico de siniestralidad de los conductores. Este fichero sirve para que las compañías aseguradoras tengan acceso al historial de conducción del tomador de un seguro. Además reporta los últimos 5 años de cada conductor.
  • FRANQUICIA: la franquicia de un seguro de moto es la cantidad fija que corre a cargo del asegurado en los siniestros o accidentes donde no haya un tercero como culpable o bien el siniestro sea responsabilidad de la moto asegurada.
  • CONDUCTOR OCASIONAL: es el conductor de la moto que se asigna como ocasional y se utiliza para designar los conductores agravados.
  • CONDUCTORES AGRAVADOS: si en seguro de moto declaramos a dos conductores, uno de los dos debe ser designado como conductor agravado, es decir, aquel conductor que tenga menos experiencia de conducción y tenga menos años.

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