La protección a las personas jubiladas ocupa un lugar importante en el marco del estado del bienestar. El plan de pensiones es un producto que tiene el fin de generar un ahorro del que disponer en la jubilación en forma de capital o de rentas. El objetivo de los sistemas de pensiones es compensar la pérdida de ingresos que va a generar el cese de la actividad laboral del trabajador debido a la jubilación mediante una prestación de carácter vitalicia normalmente.
Uno de los grandes retos que todo país hace frente es el de garantizar a medio y largo plazo la suficiencia de sus prestaciones y la sostenibilidad económica-financiera del propio sistema de pensiones.
Cada país cuenta con un sistema de pensiones propio y adaptado. Se distinguen cuatro tipologías, dos de reparto y dos de capitalización. En el sistema de reparto las cotizaciones de los trabajadores en activo están destinadas a financiar las pensiones existentes en ese momento. Este sistema se apoya en la solidaridad intergeneracional, ya que la generación cotizante financia la pensión de la generación jubilada. Este es el sistema implantado en España.
La mayoría de países europeos (España entre ellos) han optado por diseñar un sistema de pensiones que se basa en tres pilares:
- El primer pilar se basa en el sistema público de pensiones. Incluye las prestaciones de carácter contributivo y no contributivo, o los dos a la vez.
- El segundo pilar incluye los regímenes privados y complementarios de carácter ocupacional o de empleo. Depende del país puede ser obligatorio o voluntario. Se establecen como sistema de capitalización que se financian con las contribuciones a cargo de los empleadores y las aportaciones de los empleados. Se instrumentaliza a través de planes de pensiones de empleo.
- El tercer pilar se forma con las cuentas individuales de ahorro previsor que generan un derecho a una pensión individual. Esto es el resultado de la capitalización de las aportaciones voluntarias realizadas a título individual por las personas que escogen esta vía.
Las actuaciones privadas que se realizan para complementar las pensiones públicas dentro del segundo pilar y del tercero se conocen como previsión social complementaria.
En España, estas actuaciones privadas tienen aún mucho camino por recorrer, sobre todo las que están incluidas en el segundo pilar ya que se desarrollan en la empresa.
Y es que, según datos de la INE de 2018, sólo 14.558 empresas de las 1.312.345 que existen cuentan con un Plan de Empleo. Esto se traduce en que un 1,1% del tejido empresarial cuenta con mecanismos que ayudan a complementar la pensión pública de los trabajadores. Pero aunque esta cifra pueda sonar alarmante, realmente son pocos los trabajadores que se ven afectados por los planes de empleo que existen en España. Estos planes de empleo dan cobertura a 2.158.046 trabajadores de los 12.305.873 existentes, es decir, que el 17,5% de la población cuenta con un plan de empleo impulsado por su empresa.
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Pero también debemos tener en cuenta de qué tipos de empresa hablamos. En España, de las más de 1.300.000 empresas existentes, el 99,7% de ellas son Pyme que dan empleo a un 63% de la población. El 0,3% restante se refiere a una gran empresa, que da empleo a un 37% de la población.
De este 0,3% que representa a las Grandes Empresas, el 15,9% de ellas tienen un plan de empleo para sus trabajadores, mientras que en las empresas Pyme (99,7% del total de empresas existentes) este porcentaje se reduce a un 1,6%. Si lo traducimos a números de empleados, de los casi 8.000.000 de trabajadores de Pyme sólo 188.000 tienen un plan de empleo, mientras de los 4.500.000 empleados por Grandes Empresas, casi 2.000.000 cuentan con un plan de previsión empresarial.
Para poder llegar al nivel de los otros países europeos es imprescindible abordar el problema de forma integral. No debemos fijarnos únicamente en el primer pilar, que es la pensión pública, sino complementar las reformas del sistema de pensiones público de reparto con modificaciones legales que potencien los dos otros pilares, pero sobre todo el segundo pilar, ya que es el seno de la empresa.
Para poder homologarnos a nuestros vecinos europeos es imprescindible que cuando se acometan las próximas reformas de nuestro sistema de pensiones, se aborde el problema de forma integral, y no sólo centrándonos en el primer pilar, es decir en la pensión pública. Los países de nuestro entorno han complementado las reformas del sistema de pensiones público de reparto con modificaciones legales que potencian sobretodo el segundo pilar (o incluso lo hacen cuasi obligatorio), ya que es en el seno de la empresa donde la previsión social complementaria puede tener un desarrollo de ámbito universal para los trabajadores de hoy y, por tanto, los jubilados del futuro.