PLAN DE PENSIONES INDIVIDUAL

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DESCRIPCIÓN

Es un instrumento de ahorro orientado a la jubilación. Por tanto, su horizonte de inversión es el largo plazo. Dentro de los planes de pensiones, se encuentran los fondos de pensiones, que son las cestas de activos con las que se gestiona el dinero aportado por los partícipes.

Las aportaciones las puede realizar uno mismo o bien la empresa donde trabaja. En este apartado se analizan los planes de pensiones individuales. Cuando en el plan de pensiones, realiza aportaciones la empresa donde el partícipe trabaja, se llama Plan de pensiones de promoción conjunta.

Las aportaciones a los planes de pensiones individuales pueden ser aportaciones periódicas o extraordinarias. Siempre debe respetarse el máximo de aportación monetaria que esté establecida según la ley (Ley de Planes y Fondos de Pensiones, RD Legislativo 1/2002)

El momento del rescate de un plan de pensiones, por lo general, es cuando la persona se jubila o a posteriori. La forma del rescate puede ser en forma de capital (pago único) o en rentas (a medida). Desde el punto de vista fiscal, la forma más recomendable está en formato de rentas. Existen otras situaciones excepcionales, en las que se puede solicitar el rescate.

A QUI VA DIRIGIT?

Cualquier persona física o autónomo, con voluntad de ahorrar o invertir. El plan de pensiones debe complementar la pensión pública, mediante el ahorro privado que se ha construido a lo largo de los años de vida laboral.

La situación ideal sería empezar a ahorrar desde el primer momento en que se empieza a trabajar. Generalmente, si una persona comienza a ahorrar desde los 30 años, puede acumular mayor importe y mayores rendimientos invirtiendo en los mercados financieros. No es necesario realizar grandes aportaciones. Ir realizando aportaciones periódicas, aunque sean importes pequeños, pueden suponer capitales importantes en el futuro.

VENTAJAS DEL PLAN DE PENSIONES INDIVIDUAL

Anualmente, se puede realizar una aportación máxima de 1.500 euros en los planes de pensiones individuales. Esta aportación de 1.500 euros anuales, reduce la base imponible del impuesto sobre la renta (IRPF), si se realiza cada año.

La aportación se puede realizar de una vez o en varias veces durante el año. También se puede optar por realizar aportaciones periódicas desde 50 euros al mes.

TIPOLOGÍAS DE PLANES DE PENSIONES

Existen distintos tipos de planes de pensiones individuales:

  • Se puede encontrar el plan de pensiones conservador, con un perfil máximo de 30% de renta variable.
  • Un plan de pensiones moderado, con un perfil de renta variable de entre un 30% hasta un 60%.
  • Y el plan de pensiones global, en el que el perfil puede ser desde un 60% de renta variable hasta un 100%.

NIVEL DE RIESGO

El nivel de riesgo del plan de pensiones individual dependerá de la cartera seleccionada. Principalmente, si el porcentaje de renta variable es elevado o no, supondrá que la cartera tenga mayor o menor volatilidad, y por tanto mayor o menor riesgo.

La escala de riesgo también está nivelada en los niveles del 1 al 7. El nivel 1 significa potencialmente menor riesgo / menor rendimiento y el nivel 7 significa mayor rendimiento / mayor riesgo. Que una inversión tenga nivel 1 no quiere decir que no tenga riesgo.

Por tanto, es muy recomendable que un asesor financiero te ayude a elegir cuál es el plan de pensiones más adecuado para ti. La planificación a futuro de las aportaciones que realices durante tu vida laboral, te dará una imagen más clara de qué pensión privada puedes llegar a conseguir. Con esta pensión privada, podrás complementar la pensión pública que vas a recibir del Estado cuando te jubile, en función de los años cotizados a la Seguridad Social.

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FISCALIDAD

MODALIDAD DE RESCATE

Las aportaciones anuales a los planes de pensiones individuales suponen una reducción de la base imponible del impuesto sobre la renta (IRPF) de forma anual.

En el momento del rescate, las cantidades cobradas del plan de pensiones tributan en el Impuesto sobre la Renta (IRPF) en el apartado de rendimientos del trabajo. La tributación será en función de la cantidad total rescatada durante el año (puede estar entre un 19% hasta un 45%). Antes de solicitar cualquier rescate, se valorará la cantidad a rescatar y la proporción a tributar.

Si se rescata el plan de pensiones, debido a motivos excepcionales:

  • Paro de larga duración
  • Enfermedad grave
  • Invalidez
  • Dependencia severa
  • Gran dependencia
  • Muerte

El rescate de un plan de pensiones normalmente se produce en el momento de la jubilación o posterior. La forma del rescate puede ser en forma de capital (pago único) o en rentas (a medida). Desde el punto de vista fiscal, la forma más recomendable está en formato de rentas.

Desde 2015, se pueden rescatar los planes de pensiones con un mínimo de 10 años de antigüedad.

Existen otras situaciones excepcionales en las que se puede rescatar el dinero de un plan de pensiones. Queremos pasar a detallar las siguientes:

  • Paro de larga duración: si se rescata en formato de renta, el importe rescatado mensual será inferior al 75% del SMI y se comunicará al SEPE. Si no, se podría perder la ayuda recibida por la situación de paro.
  • Enfermedad grave: en este supuesto, la enfermedad puede afectar al partícipe, a su cónyuge, o a algún ascendiente o descendiente que convivan con él. Debe ser por un período mínimo de tres meses, donde sea necesaria una intervención quirúrgica mayor o tratamiento en un centro hospitalario.

DICCIONARIO ESPECÍFICO

  • PARTÍCIPE: persona que forma parte del patrimonio del plan de pensiones y puede realizar aportaciones en el propio plan.
  • PARTICIPACIONES: cuando un partícipe aporta dinero al plan de pensiones, está suscribiendo participaciones del propio plan. El valor de las participaciones se calcula cada día, haciendo la valoración del total de activos que forman parte del plan.
  • RENDIMIENTOS DEL TRABAJO: apartado dentro del IRPF donde se computan los ingresos que toda persona recibe debido a su actividad laboral.

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